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Hemos recibido con fecha 02/04/04 la siguiente notificación
muy importante que permite actualizar a base máxima las bases
de cotización de los convenios especiales con la Seguridad Social:
Aun cuando la redacción dada en la modificación es farragosa y confusa, en conversación telefónica con el Subdirector General de la Tesorería de la Seguridad Social, me ha confirmado que la redacción está dada por nuestra petición y que recoge que: pueden actualizar a base máxima los suscriptores de convenios anteriores que, antes de su baja en la empresa, hubieran cotizado por la base máxima durante 24 meses en los 5 últimos años anteriores a la baja. Para actualizar las bases, deben solicitarlas lo antes posible dado
que, la modificación de esta Orden, también recoge que:
Por tanto, todos los interesados en su actualización, si lo solicitan durante este mes de abril, causaría efecto desde el primero de dicho mes, por lo que cotizarían por la base máxima desde este mes de abril. Saludos |